Publicado
el: 09-03-2004
Tomada dijo que antes de 180 dias se reglamentara
el registro simplificado de empleados.
Por Silvia Stang
De la Redacción de LA NACION
El
ministro de Trabajo, Carlos Tomada, afirmó ayer que "no
está en el horizonte del Gobierno" volver a disponer
incrementos salariales por decreto -como los que se fijaron entre
2002 y el año pasado para los trabajadores del sector
privado-, a menos que haya una paralización del proceso
de negociaciones entre las partes por la movilidad de los ingresos,
algo que no consideró muy probable. Por otro lado, sostuvo
que la cartera asumió "el compromiso" -pese
a que la ley no lo dice- de firmar en 180 días la reglamentación
de la norma que simplifica el registro de trabajadores, una medida
ya existente (pero sólo en la teoría), que fue
ratificada en la reforma laboral votada días atrás.
Con respecto a los $ 50 que las empresas están obligadas
a pagar desde enero pasado, el funcionario sostuvo que espera "que
pronto puedan pasar a ser remunerativos". Esa suma, a diferencia
de los $ 200 otorgados con anterioridad, no tienen descuento
de ningún tipo y no se previó su incorporación
definitiva a los ingresos de los trabajadores, lo que haría
que deban tomarse como base para el pago de los aportes
a la seguridad social.
Pese al deseo expresado por el ministro, el Gobierno no
tiene por ahora prevista una norma para disponer la incorporación
de esa suma. Esa medida, en todo caso, depende de un posible
acuerdo entre partes (sindicatos y empresas).
Frente a un grupo de directivos y asesores de empresas,
convocados por la Asociación Civil Democracia Representativa y la
consultora Schipani & Asociados, Tomada explicó y
defendió ayer al mediodía los contenidos de la
reforma laboral. De la reunión participaron también
el abogado Daniel Funes de Rioja, asesor de la Unión Industrial,
y el asesor sindical Lucio Garzón Maceda.
Dudas e inquietudes
En el encuentro, el titular de la cartera laboral
escuchó varias
inquietudes sobre los efectos de la legislación. Uno de
los planteos fue respecto de la limitación de la disponibilidad
de temas negociables para las pymes. La ley deroga la posibilidad
que hasta ahora tienen las pequeñas y medianas empresas
para acordar con los sindicatos normas especiales del régimen
de despidos. "El sistema indemnizatorio de esta ley es equilibrado",
justificó Tomada, en referencia al esquema que fija
una garantía mínima equivalente al salario de un
mes y, a partir de allí, suma un mes por año trabajado,
fijando a manera de tope que esa base no puede exceder tres salarios
de convenio de la categoría correspondiente.
Respecto de la doble indemnización por despido sin causa,
Tomada evitó dar precisiones sobre lo que ocurrirá a
fines de mes, cuando caiga la vigencia prevista por decreto.
Sin embargo, puntualizó que se irá abandonando "en
la medida en que se vaya saliendo de la emergencia laboral".
"Por el origen que tuvo, la norma es previsible", apuntó,
en respuesta a una observación que se le hizo respecto
de que tal disposición no aporta la seguridad jurídica
que, según el ministro, tiende a dar la reciente ley.
Lo cierto es que, mientras todo parece indicar que el Gobierno
se inclinaría por una nueva prórroga, el ministro
le dijo a LA NACION que aún se están recibiendo
para su análisis datos de las provincias sobre la cantidad
de despidos masivos.
En cuanto al período de prueba, que quedó reducido
a 3 meses, Tomada especificó que, para los contratos iniciados
antes de que la ley entre en vigor, será válida
la duración que regía hasta ahora. En cambio, confirmó,
los convenios que habían fijado períodos más
extensos, quedarán reemplazados por la ley.
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