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NOTAS DE PRENSA 2004

Publicado el: 09-03-2004

Tomada dijo que antes de 180 dias se reglamentara el registro simplificado de empleados.


Por Silvia Stang
De la Redacción de LA NACION

El ministro de Trabajo, Carlos Tomada, afirmó ayer que "no está en el horizonte del Gobierno" volver a disponer incrementos salariales por decreto -como los que se fijaron entre 2002 y el año pasado para los trabajadores del sector privado-, a menos que haya una paralización del proceso de negociaciones entre las partes por la movilidad de los ingresos, algo que no consideró muy probable. Por otro lado, sostuvo que la cartera asumió "el compromiso" -pese a que la ley no lo dice- de firmar en 180 días la reglamentación de la norma que simplifica el registro de trabajadores, una medida ya existente (pero sólo en la teoría), que fue ratificada en la reforma laboral votada días atrás.

Con respecto a los $ 50 que las empresas están obligadas a pagar desde enero pasado, el funcionario sostuvo que espera "que pronto puedan pasar a ser remunerativos". Esa suma, a diferencia de los $ 200 otorgados con anterioridad, no tienen descuento de ningún tipo y no se previó su incorporación definitiva a los ingresos de los trabajadores, lo que haría que deban tomarse como base para el pago de los aportes a la seguridad social.

Pese al deseo expresado por el ministro, el Gobierno no tiene por ahora prevista una norma para disponer la incorporación de esa suma. Esa medida, en todo caso, depende de un posible acuerdo entre partes (sindicatos y empresas).

Frente a un grupo de directivos y asesores de empresas, convocados por la Asociación Civil Democracia Representativa y la consultora Schipani & Asociados, Tomada explicó y defendió ayer al mediodía los contenidos de la reforma laboral. De la reunión participaron también el abogado Daniel Funes de Rioja, asesor de la Unión Industrial, y el asesor sindical Lucio Garzón Maceda.


Dudas e inquietudes

En el encuentro, el titular de la cartera laboral escuchó varias inquietudes sobre los efectos de la legislación. Uno de los planteos fue respecto de la limitación de la disponibilidad de temas negociables para las pymes. La ley deroga la posibilidad que hasta ahora tienen las pequeñas y medianas empresas para acordar con los sindicatos normas especiales del régimen de despidos. "El sistema indemnizatorio de esta ley es equilibrado", justificó Tomada, en referencia al esquema que fija una garantía mínima equivalente al salario de un mes y, a partir de allí, suma un mes por año trabajado, fijando a manera de tope que esa base no puede exceder tres salarios de convenio de la categoría correspondiente.

Respecto de la doble indemnización por despido sin causa, Tomada evitó dar precisiones sobre lo que ocurrirá a fines de mes, cuando caiga la vigencia prevista por decreto. Sin embargo, puntualizó que se irá abandonando "en la medida en que se vaya saliendo de la emergencia laboral".

"Por el origen que tuvo, la norma es previsible", apuntó, en respuesta a una observación que se le hizo respecto de que tal disposición no aporta la seguridad jurídica que, según el ministro, tiende a dar la reciente ley.

Lo cierto es que, mientras todo parece indicar que el Gobierno se inclinaría por una nueva prórroga, el ministro le dijo a LA NACION que aún se están recibiendo para su análisis datos de las provincias sobre la cantidad de despidos masivos.

En cuanto al período de prueba, que quedó reducido a 3 meses, Tomada especificó que, para los contratos iniciados antes de que la ley entre en vigor, será válida la duración que regía hasta ahora. En cambio, confirmó, los convenios que habían fijado períodos más extensos, quedarán reemplazados por la ley.

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